Un empleado cobra sueldo de diciembre por $ 5.500 y de SAC $ 2.700. Total $ 8.300. Como supera dos veces los SMVM ($ 6.600), ¿debe embargarse el 20% del excedente de $ 3.300 o por ser el SAC la causa del aumento se le aplica otro criterio?
Se le aplica el 10% tanto al sueldo como al S.A.C., se le descuenta el SMVM al sueldo y 1/2 SMVM al S.A.C. y se le aplica el 10% sobre el excedente.
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jueves, 26 de diciembre de 2013
Consulta Laboral: Embargo
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