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martes, 24 de junio de 2014

Consulta Laboral: Alta de Empleado


LABORAL

Alta de empleado. Obra social 
23 de junio de 2014 11:06

Cuando se procede a dar de alta a un empleado, al consignar el C.U.I.L: saltan los datos del empleado, pero cuando se quiere cargar la obra social por ejemplo a un empleado de la construcción el sistema consigna otra que es de un restaurante y hoteleros. ¿Cómo se debe hacer para darle la baja a la obra social anterior y colocar la obra social correspondiente al empleador?
La opciòn de obra social prevalece sobra la obra social de la actividad de la empresa. Ingresando al padrón de opciones de beneficiarios en relación de dependencia, en la pàgina web www.sssalud.org.ar, ahí puede confirmar la opción con el número de C.U.I.L. del trabajador.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar/

lunes, 16 de diciembre de 2013

Consulta Laboral: Extranjeros

¿Una persona extranjera con visa turística, se puede emplear, de ser así, tiene un tratamiento especial?, ¿puede sacar el C.U.I.L.?

Un trabajador extranjero para celebrar contrato de trabajo tiene que tener CUIL. El CUIL provisorio para celebrar contrato de trabajo, se tramita en Anses y los extranjeros con residencia no permanente en el país tiene que llevar la siguiente documentación: Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar