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martes, 25 de junio de 2013

La Corte falló a favor de la pluralidad sindical y en contra de bajar salarios


Ayer la Corte Suprema asestó un duro golpe al “modelo de sindicato único” que respalda el Gobierno y la mayoría de los empresarios.
Fue al declarar, en el marco de un reclamo contra una rebaja salarial, la inconstitucionalidad del artículo 31 inciso a) de la ley de asociaciones profesionales N° 23551 que data de 1988. Ese artículo le otorga al sindicato “con personería gremial”, que concede el Ministerio de Trabajo, el “derecho exclusivo” de defender y representar a los trabajadores ante el Estado y los empleadores. Para la Corte, esa exclusividad del sindicato con personería contraría los principios constitucionales de libertad para que todos los sindicatos “puedan realizar sus actividades sin obstáculos o limitaciones del Estado que reduzcan, injustificadamente, las funciones que le son propias: la promoción, ejercicio, defensa, fomento y protección de los intereses legítimos de orden gremial”.
La Corte se pronunció de esta manera tan categórica a raíz de una demanda que hizo ATE (Asociación de Trabajadores del Estado) por la rebaja salarial que sufrieron los trabajadores municipales de Salta en 2003.
La Intendencia salteña rechazó esa demanda con el argumento de que ATE era un sindicato simplemente inscripto y que el sindicato que representaba a los municipales salteños era la Unión de Trabajadores Municipales, única entidad con personería gremial.
Para la Corte esa exclusividad en desmedro de los sindicatos simplemente inscriptos es incompatible con las normas de jerarquía constitucional y con los tratados internacionales. Y se suma a la inconstitucionalidad dictada años atrás por la Corte de los artículos 41 y 52 de la ley de asociaciones profesionales que solo permite al sindicato con personería gremial elegir delegados y la tutela sindical de los mismos.
El fallo también declara la inconstitucionalidad de la rebaja salarial con un argumento central: las “medidas de ajuste” no pueden afectar “a los grupos más vulnerables cuanto más en el campo laboral y salarial, en el cual, todos los poderes públicos deben hacer prevalecer el espíritu protector”.

lunes, 17 de junio de 2013

Pese al fallo de la Corte, Trabajo avalará las sumas salariales no remunerativas

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Pese al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de las sumas no remunerativas, el Ministerio de Trabajo mantendrá la política favorable a la homologación de aquellos convenios que incluyan suplementos, premios o gratificaciones salariales por única vez y solo dispondrá la revisión de los acuerdos en los casos en que sean pactados aumentos porcentuales no remunerativos por largos períodos.
La posición de la cartera laboral fue anticipada ayer por un importante funcionario del área que conduce Carlos Tomada, quien remarcó que se profundizará el “criterio restrictivo” para la inclusión de pagos no remunerativos que Trabajo implementó en los últimos años. “Seguramente no habrá problemas (de homologación) con las sumas fijas por única vez, pero se limitaron al mínimo los porcentajes (de aumento) no remunerativos”, explicó el funcionario.
La diferencia es sustancial: casi la totalidad de los acuerdos firmados por gremios y empresas en la presente ronda de paritarias incluyeron algún tipo de gratificación o suma especial por única vez de carácter no remunerativo. Ese esquema se repite, por ejemplo, en los convenios de la UOM (un suplemento de $ 1.400 en dos veces), bancarios (un pago de $ 3.500 en noviembre), construcción (una suma fija de entre $550 y $1.600 en julio y agosto), portuarios (una gratificación por única vez de $ 3.100 en enero), entre otros.
En cambio, la cartera laboral no homologará aquellos convenios salariales en los que el aumento porcentual mantenga carácter no remunerativo durante toda su vigencia. El acuerdo en Comercio se inscribe en esa lógica: el sindicato mercantil y las cámaras de la actividad pactaron en mayo pasado un incremento escalonado del 24% que recién se hará remunerativo a partir de febrero de 2014. Sin embargo, según algunos trascendidos, ese convenio ya habría sido homologado por la cartera laboral, lo que evitaría su renegociación.
Las explicaciones de Trabajo buscaron llevar tranquilidad a sectores gremiales y empresarios que deslizaron su temor por los efectos del fallo de la Corte, que días atrás declaró que las normas de los convenios colectivos que establecen sumas no remunerativas son inconstitucionales y estableció que los trabajadores podrán reclamar ante la Justicia que se les computen esas sumas para aguinaldo, vacaciones, pago de accidentes de trabajo y horas extras.
La preocupación por los efectos de la sentencia alcanzó sobre todo a aquellos gremios que acordaron aumentos por sobre la referencia del 24% que pactaron los sindicatos más cercanos a la Casa Rosada. Dentro de ese grupo figuran los casos de alimentación, que el viernes pasado cerró una suba en tres tramos de 26,5% más una suma fija por única vez de $ 450 que eleva el incremento total al 27%; gastronómicos, que fijó en tres convenios un aumento de 28%; y ceramistas, que logró una mejora del 30,2% con un premio de fin de año de $ 1.600.
Junto a esas actividades, también pactaron mejoras salariales superiores a la referencia oficial el sindicato de Camioneros, que lidera Hugo Moyano, que firmó la semana pasada una suba de 26% en dos tramos, y el gremio de Sanidad que cerró el mismo porcentaje en el acuerdo con los hospitales de comunidad. En tanto, en los próximos días se espera la definición de la paritaria de telefónicos, donde el gremio reclama un incremento del 30%.
Fuente: Cronista.com

Publicado en: eLeVe