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jueves, 6 de noviembre de 2014

Consulta Laboral: Ley 26.940



Saldo a favor beneficio Ley Nº 26.940 

Al rectificar las DDJJ  ya pagadas de agosto, septiembre y octubre vamos a tener un saldo a favor. ¿Como recupero lo pagado en exceso?. ¿Se imputa en la DDJJ  que genere en Noviembre? ¿Dónde?

El saldo que se le genera por las rectificativas en menos, se liberan en cuentas tributarias, una vez liberados los puede compensar con alguna obligación pendiente de la seguridad social.

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martes, 8 de julio de 2014

Consulta Laboral: Empleador DDJJ sin empleados


Cuando un contribuyente no tiene más empleados y presenta su DDJJ en cero (sin empleados), ¿Es necesario que posteriormente se haga la baja como empleador o solo basta con presentar las cargas sociales de ese modo en el período que corresponda?

Con presentar el F. 931 sin empleador el primer mes que no tiene trabajadores en relación de dependencia es suficiente.

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miércoles, 2 de julio de 2014

Consulta Impositiva: Impuesto a las Ganancias


Un juez fue notificado de la obligación de presentar de DDJJ del impuesto a las ganancias, por superar los $ 144.000 anuales, ingresos que están exentos del impuesto. Al cargar los mismos como ingresos exentos y no computables en el Régimen Simplificado de AFIP, luego no permite el envío de la declaración, ya que exige la carga de ingresos gravados, ¿cómo se debería realizar la carga de los mismos?

No hay manera de presentar la declaración jurada informativa del impuesto a las ganancias a través del Régimen Simplificado, cuando el contribuyente sólo obtiene ingresos exentos en el impuesto, ya que el sistema exige que se informen ingresos gravados. Por lo tanto, en este caso, se deberá presentar la dj a través del programa aplicativo unificado de Ganancias y Bienes personales, versión 15 o versión 14.3.

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lunes, 14 de abril de 2014

Impuesto a las Ganancias

Impuesto a las Ganancias: La AFIP habilitó nuevamente la versión 14.3 del aplicativo 
14 de abril de 2014 11:10
La AFIP habilitó nuevamente la VERSIÓN 14.3, pudiendo realizarse la presentación de las DD JJ por la misma que había sido reemplazada por la versión 15.
Es importante tener en cuenta que quienes hayan realizado la instalación de la Versión 15, y decidan retornar a la versión 14.3 deben contar con una copia de resguardo que contenga la versión anterior del aplicativo.
Fuente: CPCE Mendoza

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miércoles, 26 de marzo de 2014

Consulta Laboral: Conceptos no Remunerativos





DDJJ conceptos no remunerativos

¿Si en un período no existieran Conceptos No Remunerativos, hay que presentar la declaración de conceptos no remunerativos en AFIP de todas formas?

Si en un mes no se abonan conceptos no remunerativos no se debe presentar la dj referente a dichos conceptos.

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