jueves, 22 de enero de 2015

Recursos Humanos: Nuevo Procedimiento Clave Fiscal Afip

Recursos Humanos: Nuevo Procedimiento Clave Fiscal Afip: AFIP aplicó un nuevo procedimiento para el uso de la clave fiscal  La AFIP estableció un procedimiento de "registraci...

Nuevo Procedimiento Clave Fiscal Afip

AFIP aplicó un nuevo procedimiento para el uso
de la clave fiscal 


La AFIP estableció un procedimiento de "registración, autenticación y autorización" de usuarios a través de la 
"clave fiscal", para habilitar a personas físicas a actuar en nombre propio o en representación de terceros, por 
medio del sitio web del organismo.
Así lo dispuso a través de una resolución general publicada hoy en el Boletín Oficial.
De acuerdo con ese texto, "las personas jurídicas -excepto las de carácter público- para utilizar y/o interactuar 
con los servicios informáticos habilitados, deberán hacerlo mediante la "Clave Fiscal" de su representante legal, 
quien quedará 
habilitado para ello a partir de la presentación de la documentación que acredite tal carácter".
"Cuando la representación legal sea plural, se deberá designar a uno de los representantes legales para que 
utilice y/o interactúe con los servicios habilitados. Lo dispuesto resulta de aplicación a las sociedades de hecho, 
asociaciones.
o entidades de cualquier tipo", añadió la resolución.
Y aclaró que las personas físicas "que ejerzan la representación legal o estatutaria de las personas jurídicas de 
carácter público, asumirán la función de Administrador de Relaciones".
El ente recaudador sostuvo que la experiencia recogida desde la implementación de la clave fiscal, "aconseja
 realizar adecuaciones al trámite para la obtención de la clave fiscal del cónyuge supérstite o de los presuntos 
herederos legítimos de la persona fallecida".
Según la AFIP, el nuevo procedimiento se dispone "a efectos de cumplir con las obligaciones fiscales pendientes 
del causante -aún cuando no continúen con la actividad desarrollada por éste- hasta tanto se produzca la 
apertura del juicio sucesorio".
Además, estimó "oportuno prever determinados requisitos respecto de la documentación a presentar por las 
personas físicas que actúen como representantes legales de personas jurídicas, cuando su designación en el 
cargo deba inscribirse en el Registro Público de Comercio".

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar/


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