jueves, 23 de enero de 2014

Consulta Laboral: Presentismo


LABORAL

C.C.T. Nº 462/2006. Presentismo 
23 de enero de 2014 12:06

Un empleado falto sin justificación 1 día del mes. ¿Corresponde pagarle el presentismo, o por haber faltando un día lo pierde? Para el cálculo del ausentismo además del básico corresponde sumarle también el pago a cuenta de futuros aumentos que tiene y la antigüedad o sólo se calcula haciendo el básico divido 30 por uno?
Para no perder el adicional por presentismo establecido en el C.C.T. Nº 462/2006 sólo se tienen en cuenta las falta justificadas. Al faltar en forma injustificada, pierde el día de ausencia y el adicional mensual. Para descontar el día de ausencia tiene que tomar el básico el a cuenta futuros aumentos, después de descontar la ausencia, calcula la antigüedad.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar

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