miércoles, 5 de febrero de 2014

Consulta Laboral: Antiguedad


Tengo entendido que actualmente, si una personal se jubila, y continúa trabajando bajo el mismo empleador, haya o no un período de desvinculación, sigue vigente la fecha de ingreso de la relación laboral, desde que ingresó por primera vez a la empresa, o sea se debe abonar la antigüedad por todos los años que ha estado en esa empresa, ídem para sus vacaciones, para un posible despido etcétera. ¿Esto es así?


Un trabajador que accede a un beneficio previsional ordinario, puede volver a trabajar, no es incompatible su reingreso o continuidad en la actividad. El trabajador mantiene toda su antigüedad para vacaciones, rubro antigüedad, preaviso. En caso de producirse un despido sin causa, la indemnización por antigüedad se calcula desde la jubilación.

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