martes, 6 de enero de 2015

Consulta Laboral: Monotibutistas


LABORAL

Monotributistas denuncia grupo familiar primario 
2 de enero de 2015 11:22
¿Por qué resolución de ANSeS se debe realizar la denuncia del grupo familiar primario por internet? ¿Qué plazo hay para esto? ¿Qué se entiende por grupo familiar primario? ¿Qué Organismo va a reclamar el cumplimiento de esta obligación?

En respuesta a su consulta le informamos lo siguiente:
Normativamente, no hay nada al respecto, más allá de lo publicado en la página web de AFIP.
No se ha establecido un plazo. Aparentemente, los aportantes activos deben informar al grupo familiar primario aún cuando no figuren como adherentes del mismo. A tal efecto, deberá hacerse una modificación de datos en el Monotributo. Realmente, no está claro si esta información la deben presentar todos o sólo los que adhieran al monotributo. A mi entender debe ser cumplida por todos.
De acuerdo a lo establecido en la Ley 23.660 (Ley de Obras Sociales) artículo 9: "Se entiende por GRUPO FAMILIAR PRIMARIO el integrado por el cónyuge del afiliado titular, los hijos solteros hasta los veintiún años; no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional; comercial o laboral, los hijos solteros mayores de veintiún años y hasta los veinticinco años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente, los hijos incapacitados y a cargo del afiliado titular, mayores de veintiún años; los hijos del cónyuge; los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa que reúnan los requisitos establecidos en este inciso". No está aclarado quién reclamará esta información en el supuesto de no cumplir con la misma.

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