miércoles, 18 de septiembre de 2013

Asignación Familiar por Matrimonio



INFORME ESPECIAL

La Asignación Familiar por Matrimonio 
17 de septiembre de 2013 10:30


¿En qué consiste la Asignación Familiar por Matrimonio? Es el pago de una suma de dinero que abona la ANSES al trabajador en relación de dependencia o al titular de una Aseguradora de riesgos del trabajo por contraer matrimonio.
¿Cuáles son las consideraciones a tener en cuenta para solicitar esta prestación?
- El titular que solicita el beneficio debe contar con su información y la del grupo familiar registrada en las bases de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
- Si ya se cuenta con los datos actualizados no va a ser necesario presentar nuevamente la documentación.
- Las notificaciones efectuadas en el domicilio declarado por el titular e considerarán válidas.
- Si se llegase a producir una modificación de los datos personales, o un alta, baja o modificación respecto a las relaciones y cargas familiares del solicitante, deberá este obligatoriamente declarar dicha situación ante las oficinas de la ANSES presentando la documentación necesaria.
¿La asignación la cobran ambos cónyuges?
La asignación se abona a ambos cónyuges si los dos trabajan bajo relación de dependencia o están incluidos en el Régimen de Asignaciones Familiares.
¿Cómo se solicita?
Para solicitar el pago de esta asignación se puede hacer a través de la página de la ANSES ingresando a www.anses.gob.ar, Mi Anses, Destacados, Solicitud de turnos, o telefónicamente al número 130, pidiendo un turno para "Asignaciones familiares-Prestaciones de pago único".
¿Cuál es el monto a cobrar?
El importe que otorga la ANSES es de $ 1125 por cónyuge, según datos actualizados al momento de realizar esta nota.
¿Qué documentación se debe presentar?
- Original de la nota "Solicitud prestación por nacimiento - Adopción - Matrimonio", provista por la ANSES, o nota en la que se solicite el pago de la Asignación Familiar por Matrimonio", la cual deberá contener los siguientes datos:
- Nombre y apellido del titular
- Nº de CUIL
- Fecha en la que se contrajo el matrimonio
- Pcia, localidad en el cuál se desea percibir esta asignación.
- Original y fotocopia del DNI del titular y de su cónyuge.
- Original y fotocopia del certificado/partida de matrimonio?
¿Qué sucede en el caso de que el matrimonio se haya realizado en el extranjero?
Si el enlace se produjo en el exterior, para poder cobrar la asignación se deberá presentar además de todo lo nombrado en el punto anterior, el original y fotocopia de la partida de matrimonio.
¿Corresponde este beneficio en casos del cónyuges del mismo sexo?
Los cónyuges del mismo sexo tienen el mismo derecho para tramitar la Asignación por Matrimonio.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar


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