lunes, 16 de diciembre de 2013

Consulta Laboral: Extranjeros

¿Una persona extranjera con visa turística, se puede emplear, de ser así, tiene un tratamiento especial?, ¿puede sacar el C.U.I.L.?

Un trabajador extranjero para celebrar contrato de trabajo tiene que tener CUIL. El CUIL provisorio para celebrar contrato de trabajo, se tramita en Anses y los extranjeros con residencia no permanente en el país tiene que llevar la siguiente documentación: Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar

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