viernes, 14 de marzo de 2014

Consulta Laboral: F. 572 web




Un empleado que envío en enero de 2014, el F. 572 web como año 2013, en lugar de año 2014, lo que produjo la rectificativa del 572 manual año 2013 presentado oportunamente, ¿tiene forma de anular o rectificar el formulario mencionado al principio?

No hay manera de anular la presentación del F. 572 web efectuada por el año 2013, ya que el sistema SIRADIG sólo permite visualizar el imprimir el formulario enviado. Si el empleador aún no lo tuvo en cuenta para confeccionar el F. 649, lo que puede hacer es ir a la agencia de AFIP con multinota y solicitar allí su anulación, en virtud del error cometido, debiendo presentar si el correspondiente al año 2014.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar/

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