viernes, 4 de octubre de 2013

Impuesto a las Ganancias. Agente de Retención



IMPOSITIVA

Impuesto a las ganancias. Agentes de retención 

¿Una S.R.L. o una S.A. debe retener ganancias a sus proveedores y/o clientes? ¿Cuándo y cómo? ¿Deben estar designados por AFIP o es directa la designación de agente de retención?

La retención de ganancias se practica en oportunidad del pago, por lo tanto son sujetos pasibles de retención los proveedores. Todos los contribuyentes inscriptos en impuesto a las ganancias somos pasibles de actuar como agentes de retención, en la medida en que efectuemos pagos por un importe superior a los montos no sujetos a retención previstos en la RG Nº 830 y que el sujeto pasible no sea monotributista o exento en ganancia.

Publicado en: http://www.ele-ve.com.ar

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